El artículo 84.1 del Reglamento de Seguridad Privada, determina que los vigilantes de seguridad que puedan prestar servicio con armas, por estar en posesión de las correspondientes licencias de armas, aunque las mismas se encuentren depositadas en las Intervenciones de Armas, realizarán un ejercicio de tiro obligatorio al año.
En dicho ejercicio anual, este personal que tiene la licencia de armas depositada viene disparando 75 cartuchos, siguiendo el criterio recogido en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaria de Estado de Seguridad, por el que se aprueban las instrucciones para la realización de tiro del personal de seguridad privada.
- 6 disparos (tres series de 2) de prueba y entrenamiento.
- 5 disparos de puntería (1 serie) de puntuación y calificación.
- 7 disparos (dos series de 2 y una de 3) de prueba y entrenamiento.
- 7 disparos (dos series de 2 y una de 3) puntuables y calificación.
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Juliàn Flores Garcia
Director de seguridad, Consultoria de seguridad Segurpricat Siseguridad Formación del Manual de autoprotección integral de personas #MAIP
http://www.siseguridad.com.es
Dirección:Pau Claris 97- 4º 1ª Barcelona
Ejercicios de tiro de #VigilantesdeSeguridad con Licencia de Armas C depositada https://directorseguridadprivada.wordpress.com/2016/08/24/ejercicios-de-tiro-de-vigilantes-de-seguridad-con-licencia-de-armas-c-depositada/ vía @careonsafety #Vigilantes #VS
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